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Organismos constitucionalmente autónomos

Foros

  1. Consejo Nacional de Televisión (CNTV)

    El Consejo Nacional de Televisión es el organismo que debe velar por el correcto funcionamiento de la televisión chilena a través de políticas institucionales que tiendan a orientar, estimular y regular la actividad de los actores involucrados en el fenómeno televisivo, en sintonía con los cambios tecnológicos y socio culturales, en un contexto de creciente internacionalización.

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  2. Municipalidades

    Una municipalidad es una corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural. Está constituida por un alcalde y un concejo comunal electos directamente por un periodo de 4 años, renovable. Actualmente existen 345 municipalidades y 346 comunas, pues la municipalidad de Cabo de Hornos administra la agrupación de comunas de Cabo de Hornos y Antártica.

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  3. Contraloría General de la República

    Relacionado con el Presidente de la República. La Contraloría General de la República es la máxima autoridad del Sistema Nacional de Control. Supervisa, vigila y verifica la correcta aplicación de las políticas públicas y el uso de los recursos y bienes del Estado.

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  4. Banco Central de Chile

    Relacionado con el Presidente de la República. El objetivo del Banco Central de Chile es mantener la estabilidad y eficacia del sistema financiero, velando por el normal funcionamiento de los pagos internos y externos. Para cumplir con sus objetivos el Banco tiene, entre otras atribuciones, regular la cantidad de dinero en circulación y el crédito en la economía, de manera que sean suficientes para que las personas, empresas e instituciones hagan sus transacciones.

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  5. Servicio Electoral de Chile (SERVEL)

    El Servicio Electoral de Chile (Servel) es un organismo autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propios, encargado de la administración, supervigilancia y fiscalización de los procesos electorales y plebiscitarios. El Consejo Directivo del Servicio Electoral es un órgano colegiado de cinco miembros, designados por el Presidente de la República, previo acuerdo del Senado, adoptado por los dos tercios de sus miembros en ejercicio. El Director del Servicio Electoral es el representante legal del Servicio y el jefe superior de este.

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  6. Diario Oficial de la República de Chile

    El Diario Oficial de la República de Chile es la institución oficial del Estado encargada de la publicación de las normas jurídicas que rigen al país. Publica leyes, decretos y otras actuaciones jurídicas emanadas de los órganos del Estado. Su misión consiste en dar cuerpo a la certeza jurídica que el Estado de Derecho necesariamente requiere, lo que se materializa a través de la publicación de la ley y de la presunción de que todo cuerpo legal promulgado en la forma prescrita en la Constitución, se supone conocido por todos, sin admitir prueba en contrario, desde su publicación en el Diario Oficial.

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